¿Qué es ANTPJI?
La Asociación Nacional de Tasadores y Peritos Judiciales Informáticos (ANTPJI) es una entidad totalmente independiente y profesional de Expertos en TICs, siendo la primera asociación de peritos informáticos española, y su objetivo es ofrecer a la Sociedad el conocimiento y la experiencia de expertos informáticos para el asesoramiento técnico y gratuito en consultas sobre temas tecnológicos referentes a seguridad informatica.
Constituida por expertos con formación en diferentes especialidades Informáticas, ANTPJI es una entidad básica e indispensable en pericias para empresas, particulares y Administraciones de Justicia, que necesiten conocer o resolver conflictos o fraudes de los diferentes tipos de delitos y estafas informáticas, recibiendo un informe pericial, una tasación o valoración profesional en procesos particulares, judiciales, extrajudiciales, legales, científicos y forenses. Su formación en diferentes especialidades Informáticas les hace indispensables en pericias para empresas, particulares y administraciones de Justicia.
Su máxima es la divulgación de la Informática Forense y Peritaje Informático como una herramienta indispensable para todos los ciudadanos y organizaciones que deseen aportar información digital como medio de prueba en un proceso judicial, y para definir y proteger la figura del Perito Informático.
Desde nuestra creación en el año 2011 colaboramos con distintas Universidades para la creación de los primeros cursos de Peritaje Informático e Introducción a la Informática Forense, con el objetivo de compartir conocimientos, experiencias y unificar criterios, buscando la excelencia profesional. Actualizando los conocimientos de todos los asociados, adaptando su expertis a las normas internacionales, estando en contacto con Organismos Internaciones, Universidades,
Se persigue la Seriedad en la Profesión y que sus miembros puedan estar informados de todas las novedades que surjan dentro de su ámbito laboral, tanto en técnicas como en legislación, así como en herramientas, aplicaciones, programas, aparatos y útiles que puedan mejorar su calidad de trabajo.
Finalmente se pretende el reconocimiento de la profesión en el ámbito de la educación, que se tenga como carrera o diplomatura en las Universidades. Cualquiera de los profesionales existentes en nuestras listas profesionales han demostrado fehacientemente disponer de una formación adecuada como Peritos Informáticos Judiciales, así como haber realizado un impecable desarrollo profesional.
¿Por qué tiene ANTPJI un Campus Universitario?
Para resaltar todos los cursos acreditados oficialmente por la Universidad a Distancia de Madrid (UDIMA) y otras universidades.
¿Sus títulos son oficiales?
Los cursos de rango universitario están certificados oficialmente por la Universidad a Distancia de Madrid (UDIMA). El curso de Perito Informático Básico, el curso de Derecho Informático y Pericial, el curso de Ciberseguridad y Peritaje Informático Forense y el Master de Informatica Forense y Delitos Informáticos han sido aprobados, así como el programa de estudios, por varias entidades reconocidas de la comunidad informatica con los que mantenemos acuerdos de colaboración estratégica tanto a nivel nacional como internacional. Contando todos ellos con plena validez a efectos de acreditación de competencia y reconocidos por las grandes empresas..
¿Sus títulos tienen reconocimiento oficial?
Sí. Habitualmente los cursos son reconocidos oficialmente por las principales empresas del sector y la comunidad informatica. De hecho, los cursos de más de 100 horas son reconocidos automáticamente en los expedientes de los interesados, en el caso de que pertenezcas a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado y Fuerzas Armadas.
¿Qué es el sistema de créditos universitarios?
Es la unidad de medida utilizada por la mayoría de las universidades, que se traduce en que cada 25 horas de carga de trabajo del alumno, equivalen a un crédito ECTS (European Credit Trasnfer System).Todos nuestros cursos tienen créditos ECTS y podrás cursar los programas Master/experto universitario por módulos sueltos a tu ritmo.
¿Cómo hago constar mi formación en mi expediente profesional?
Frente al órgano competente de su institución. Para ello con cada curso recibe un diploma de competencias y una certificación universitaria.
¿Cómo puedo matricularme en uno de sus cursos?
Entre en www.antpji.com, pulse en la pestaña “Cómo Matricularse” y siga los pasos marcados.
¿Cualquiera puede hacer sus cursos?
Sí. Con la excepción de varios cursos restringidos a entidades gubernamentales o colectivas especiales donde se utiliza material docente que no es de dominio público. Pueden inscribirse en los cursos cualquier persona, independiente de su nacionalidad o conocimientos y/o experiencia, salvo el Master.
¿Qué es un perito judicial Informático?
Puede que sea esta la pregunta más repetida en las llamadas de consulta realizadas por profesionales y responsables de seguridad de TICs, abogados, detectives, criminólogos, auditores, consultores, licenciados…
El perito judicial informático es un profesional dotado de conocimientos especializados en informatica forense y pericial, que suministra información u opinión fundada tanto a los tribunales como a las partes. Existen dos tipos de peritos, los nombrados judicialmente y los propuestos por una o ambas partes (y luego aceptados por el juez o el fiscal), y ambos ejercen la misma influencia en el juicio.
Un Perito Judicial Informático es la persona con conocimientos en TICs, que vierte una opinión técnica objetiva sobre las cuestiones sobre algún asunto tecnológico, que le plantea alguna de las partes involucradas en un proceso judicial, es decir, estudia las cuestiones que le plantean y aporta sus conclusiones para ayudar al juez a aclararse sobre un tema en el que no tiene por qué ser especialista (aunque sería deseable), pues en ocasiones ocurre que cada una de las partes aportan sus propios informes técnicos con conclusiones totalmente opuestas sobre algún tema en concreto, por lo que el juez no tiene conocimientos suficientes para decidir cuál de los informes es más acertado.
¿Quién puede ser Perito Judicial Informático?
Cualquier persona mayor de edad que cumpla al menos uno de los siguientes tres requisitos:
- Cualquier profesional que acredite una capacitación universitaria en materia TICs
- Acredite una actividad profesional de al menos 3 años (Incluyendo Profesionales Independientes como detectives, criminólogos, licenciados)
- Disponer de titulación universitaria que acredite la especialidad escogida como Perito Informático Forense
¿Cuales son las ventajas de ser Perito Judicial Informático?
- Obtener ingresos extraordinarios sin dejar tu puesto de trabajo
- Competitividad en el mercado laboral
- Obtener una Titulación Universitaria Homologada que apoyará tu carrera profesional
- Formarás parte de la Asociación Nacional de Tasadores y Peritos Judiciales Informáticos, por lo que podrás trabajar tanto para los tribunales de justicia bajo convocatoria, como para cualquiera de las partes litigantes a nivel particular.
Recuerde que una vez consiga finalizar el curso para poder ser dado de alta gratuitamente el primer año en la Asociación Nacional de Tasadores y Peritos Judiciales Informáticos. Deberá enviar la documentación necesaria para asociarse:
- Fotografía tipo carnet en color.
- Copia del DNI
- Curriculum vitae
- Copia del titulo o titulos acreditativos de su experiencia
¿Qué es una pericial informática?
El artículo 335.1 de la LEC (Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil) se refiere a la figura del perito y establece que: “Cuando sean necesarios conocimientos científicos, artísticos, técnicos o prácticos para valorar hechos o circunstancias relevantes en el asunto o adquirir certeza sobre ellos, las partes podrán aportar al proceso el dictamen de peritos que posean los conocimientos correspondientes o solicitar, en los casos previstos en esta ley, que se emita dictamen por perito designado por el tribunal.
Así pues, una pericial informatica es un informe o dictamen en el que un experto informático contesta a una o más preguntas o da su opinión profesional sobre cuestiones planteadas por el Juez o las partes. Este dictamen pretende ayudar a una persona que, por no tener los conocimientos técnicos necesarios, no puede responder a dichas preguntas por sí misma, o desea presentar el informe como una prueba. El informe debe ser escrito pensando en su lector, y exponer las conclusiones de manera razonada y comprensible para alguien no experto.
¿Por qué debo hacer el curso de Derecho Informático y Peritaciones Judiciales? ¿Para qué me prepara?
Se puede ser perito Judicial Informático titulado o no titulado, la diferencia estriba en la capacitación universitaria y a pesar de que antaño se creía que por el hecho de tener una ingeniera en TICs, automáticamente conllevaba la titulación de perito informático, es algo confuso ya que no se estudia en ninguna ingeniera actual, el derecho informático ni pericial, con lo que podemos encontrarnos en un aprieto si el abogado de la parte contraria nos solicita acreditar nuestros conocimientos y expertis.
No es menos cierto de que el juez necesita una persona con conocimientos específicos de los prolegómenos que puedan aparecer en el litigio y solicitar la opinión de un experto, llamado así por sus conocimientos sobre ese tema, sin que premie la titulación. En las TICs, cada día aparecen nuevas asignaturas que no están reguladas en el sistema educativo español y son necesarios los conocimientos de expertos, como el ejemplo del sistema android, que aunque no está dentro del panorama educativo, hay más de 7 millones de aparatos y por ende surgen conflictos que acaban en el juzgado y son necesarios expertos para trabajar como peritos.
En este curso te preparamos para actuar como Perito Judicial ante los juzgados así como para realizar, con las formalidades y normas de presentación exigidas, la peritación correspondiente y emitir el preceptivo informe. Una vez completado el curso, podrás realizar peritaciones tanto de parte como judiciales, por lo que supone una Oportunidad Real de recibir ingresos recurrentes.
¿Qué son los créditos ECTS?
Los antiguos medían la duración de las clases impartidas por el profesor en cada asignatura. Cada uno de ellos equivalía a diez horas lectivas. Los nuevos créditos europeos valoran el tiempo invertido por el alumno para adquirir las competencias del programa de estudios. Cada uno representa entre 25 y 30 horas de aprendizaje. Incluye no sólo la asistencia al aula, sino también la dedicación al estudio, la realización de seminarios, resolución de ejercicios, etc.
Nuevas Fórmulas.- Los European Credit Transfer System (ECTS) expresan un auténtico cambio en la metodología de la educación superior europea. Un modelo más avanzado en el que el alumno pasa de la docencia por enseñanza, basada en la recepción de conocimientos, a la docencia por aprendizaje, planteada sobre desarrollo de competencias. Este sistema demanda del profesorado una formación que enseñe a aprender, y exigirá de los estudiantes una mayor responsabilidad en su propia educación.
Nuevas Fronteras.- Además, los créditos ECTS constituyen un verdadero pasaporte para transitar por las universidades europeas con plena seguridad. Son la moneda única que nos permite valorar los estudios superiores de Europa con criterios comunes. La pasarela que facilita la movilidad de los estudiantes por los distintos campus del Espacio Europeo de Educación Superior (EEES).
¿Cuál es el precio de los créditos ECTS y la forma de pago?
El precio de los estudios en la Universidad a Distancia de Madrid (UDIMA) se calcula en función del total de créditos ECTS matriculados, en cualquiera de los títulos de Grado. El importe incluye tanto la formación como los materiales. No existen gastos administrativos por apertura de expediente ni por gestión de matrícula.
En el caso de los alumnos no residentes en el territorio nacional, el importe del crédito no incluye los gastos de envío propios de su lugar de residencia, dicho importe deberá abonarse de forma independiente y previamente a la recepción del envío.
Es obligatorio matricularse, al menos, de 15 créditos por curso académico en el momento de formalizar la matrícula (15 créditos equivalen a 2-3 asignaturas).
Las asignaturas que un alumno no supera y que vuelve a matricular en el año siguiente tiene un precio reducido (ver más abajo). Los materiales de asignaturas previamente no superadas solo se vuelven a enviar cuando difieren de los que el alumno recibió en su primera matrícula. El seguro escolar solo es obligatorio para alumnos menores de 28 años. Los alumnos que tengan que pagar el seguro escolar se les incorporará la cantidad correspondiente en el primer pago.
La Universidad a Distancia de Madrid (UDIMA) premia a sus buenos estudiantes. Por cada Matrícula de Honor se descuenta el 100% en tantos créditos como tenía la asignatura superada con esta nota en el año académico siguiente.
¿Cuáles son las formas de pago?
1. Mediante pago electrónico desde PAYPAL utilizando VISA o Mastercard o tu cuenta de PAYPAL. El pago se realiza en EUROS, pero si en su país usa otra moneda, no te preocupes que tu banco te cobrará en dicha moneda.
2. Transferencia bancaria al número de cuenta 0049 1220 44 2390065133 del BANCO SANTANDER, haciendo constar como referencia el título del curso y tu nombre, enviando posteriormente el justificante a la dirección de correo electrónico contacto@antpji.org
¿Quién acredita los cursos?
Los cursos son acreditados por las instituciones organizadoras, en este caso La Universidad a Distancia de Madrid y la Asociación Nacional de Tasadores y Peritos Judiciales Informáticos.
¿Cómo se envían los certificados de los cursos?
Los certificados de participación son enviados por correo electrónico, debidamente sellados y firmados.
¿Puedo realizar un curso independientemente de mi localización geográfica?
El aula virtual a través de la red internet permite a los profesionales interesados que se encuentren en distintos puntos del planeta que participen en este tipo de eventos formativos, independientemente de horarios y localizaciones.
¿Qué horario tienen los cursos?
No existe un horario específico para el seguimiento de un curso. Podrás conectar durante el horario que mejor se adapte a su disponibilidad, a lo largo de las semanas que dura el curso y va accediendo a los temarios y foros que el docente va incorporando en su aula virtual.
¿Cuándo dará comienzo el curso que me interesa?
Dicha fecha está anunciada en la descripción del curso
¿Cómo se accede a los contenidos – temarios?
A medida que avanza el curso el docente publica los módulos que conforman el temario en archivos de distintos formatos (word, pf, powerpoint, etc.) para que los alumnos se los puedan descargar y/o imprimir. De igual modo ocurre con los ejercicios y evaluaciones. Los foros, con aportaciones de los docentes y alumnos, forman parte también del proceso de estudio y aprendizaje.
¿Cómo se establece la comunicación con el docente?
Generalmente, la interacción entre el alumno y los docentes es mediante mensaje de correo electrónico, o a través del propio campus virtual, mediante mensajería instantánea, foros y chats.
¿Realizan cursos presenciales?
No, no realizamos cursos exclusivamente presenciales, si bien en ocasiones, disponemos de cursos de larga duración semi presenciales, combinando la utilización del campus virtual con algunos encuentros, coincidiendo normalmente con el inicio y la finalización de la actividad formativa.
¿Dónde puedo consultar la normativa jurídica que regula esta profesión?
La actividad del Perito Judicial Informático, se encuentra como en la del resto de los Peritos Judiciales en un limbo jurídico, y existen alguna normativa y legislación que regula esta profesión y que la encontramos en Ley de Enjuiciamiento Civil (L.E.C. 1/2000), que es la que regula los procedimientos judiciales civiles y los medios de prueba, que es al fin y al cabo lo que aporta el perito.
En concreto, en el artículo 299 se enumeran los medios de prueba de que se podrán hacer uso durante el juicio, entre las que se encuentra en el punto 4 el dictamen de peritos. En el artículo 339 se regula la solicitud de designación de peritos, los honorarios de los peritos y en el artículo 340 se fijan las condiciones que habrán de reunir los peritos.
En resumen, la parte de la Ley de Enjuiciamiento Civil que regula la prueba pericial son los artículos 335 hasta el 352
Si a la hora de realizar el curso tengo dudas ¿qué puedo hacer?
Tan sólo tendrás que ponerte en contacto con nosotros a través de contacto@antpji.org, y los tutores de la Asociación Nacional de Tasadores y Peritos Judiciales Informáticos te ayudarán en todo lo que sea posible.
¿Qué ocurre si una vez he contratado el curso quiero devolverlo?
Tienes 7 días desde el momento en el que realizas la contratación para solicitar su devolución y dejar de utilizar la formación online que te ofrecemos. Tan sólo deberás ponerte en contacto con nosotros a través del email contacto@antpji.org indicarnos tu nombre y teléfono donde poder localizarte y nos pondremos en contacto contigo para gestionar todo el proceso.
¿Quién puede encargarme un peritaje informático?
Se puede trabajar a instancia de parte, cuando somos convocados por un cliente particular que reclama nuestros servicios, de la lista de periciales de turno, dependiendo de la Asociación o colectivo profesional donde estemos inscritos o bien desde el Juzgado, con lo que trabajamos como Peritos Judiciales Informáticos.
También un peritaje lo puede solicitar un estamento judicial, como parte de algún proceso; por ejemplo, si el juez debe tener en cuenta hechos cuya interpretación requiere conocimientos informáticos, pues llamaría a un Perito Informático, si necesitase conocimientos sobre carpintería, pues llamaría a un Perito Carpintero, etc. Dentro de un proceso judicial también puede ser solicitado por las partes en litigio.
También existen peritajes privados, que pueden solicitar otras entidades o particulares; por ejemplo, alguien puede solicitar un peritaje precisamente para valorar si le conviene o no ir a juicio por algo. (En este documento se hará referencia más bien a peritajes judiciales; no resulta difícil extrapolar la información para peritajes privados).
Es cierto que la administración de justicia, solicita de los profesionales y utilizan un sistema interno para su designación en los procedimientos; pero no podemos enviarles nuestros curriculum a los juzgados directamente, ya que el procedimiento a seguir es el siguiente:
Cada año los juzgados s interesan por las listas de peritos de cada especialidad y las Asociaciones y Colegios profesionales, envían una lista de peritos que previamente han solicitado su inclusión en las mismas. En esta lista han de constar los datos personales del perito, su identificación y especialidad, al igual que la demarcación en la que puede trabajar; con lo que la especialización sigue siendo primordial para que te llamen los juzgados.
El trámite resulta fácil y simple, pero lo normal es que el colectivo en el que te encuentres, realice una selección en sus listas y compruebe que has realizado algún curso especifico de Perito Judicial o que tengas una formación o experiencia especifica. En ANTPJI es necesario tener una base en cuanto a derecho informático, con indicación de cómo funcionan los procedimientos judiciales, probática, actuación ante el juzgado y una capacitación para la metodología y elaboración de un peritaje informático, no hay que olvidar que tu informe puede ser determinante para formar una opinión del juzgador de una materia que desconoce.
Una vez que estas incluido en estas listas, ya alcanzas la condición de Perito Judicial Informático.
¿Quién y cómo me elige para realizar un peritaje informático?
En peritajes judiciales informáticos, la Asociación envía una lista de peritos a los juzgados a principios de cada año. Esta lista está por orden alfabético (por requisito legal), y los juzgados eligen peritos de ella por sorteo:
Art. 341.1.- En el mes de enero de cada año se interesará de los distintos Colegios profesionales o, en su defecto, de entidades análogas, así como de las Academias e instituciones culturales y científicas a que se refiere el apartado segundo del artículo anterior el envío de una lista de colegiados o asociados dispuestos a actuar como peritos. La primera designación de cada lista se efectuará por sorteo realizado en presencia del Secretario Judicial, y a partir de ella se efectuarán las siguientes designaciones por orden correlativo.
En el caso de peritajes privados, en los que las entidades pueden solicitar un perito a la Asociación, este mantiene ciertas listas que gestiona según el Reglamento de Peritajes vigente, mediante un mecanismo que intenta conseguir una asignación homogénea y ordenada de los trabajos. Evidentemente, una entidad también puede solicitar un peritaje a un profesional concreto según su propio criterio, en virtud de la especialización del perito y su geolocalizacion.
¿Cómo me inscribo en las listas de los Juzgados o Decanatos?
Alguna de las partes, incluso más de una o todas ellas, instan al juzgado a que designe un Perito Judicial Informático, para que dictamine sobre una serie de cuestiones que le hace la parte que le solicita. El perito, al ser designado por el juzgado, nada tiene que ver con ninguna de las partes implicadas, por lo que su informe siempre será mucho más objetivo que el que pueda realizar los peritos de las partes, además de poder servir al juez para aclararle dudas técnicas que le puedan surgir.
El perito debe responder únicamente a las cuestiones que se le plantean, no tiene por que entrar en otros temas que no se soliciten por ninguna de las partes. Otra cosa será que el juez le realice consultas técnicas para poder aclararse con el tema, pero el Perito Judicial Informático, no tiene por qué responder a preguntas de ninguna de las partes que no se encuentren incluidas en la solicitud de perito, ya que no son parte de la pericial solicitada, su misión es la de realizar una interpretación de una lectura de la evidencia electrónica, que servirá como aporte de prueba objetiva.
¿Con qué frecuencia me van a llamar para realizar peritajes informáticos?
Por los precedentes que existen, y dado que la mayoría de litigios, tienen un componente tecnológico, la cantidad de juicios existentes, cada vez va a ser más elevada la utilización de los servicios de los peritos judiciales informáticos.
¿Cómo me ayuda la Asociación en este proceso?
En primer lugar, la Asociación es quien facilita la lista a los juzgados una vez al año (Art. 341.1). Aparte de eso, cuando un perito acepta o rechaza un peritaje judicial debe informar inmediatamente a la Asociación, como responsable de gestionar esta lista. Además, en peritajes privados la entidad correspondiente puede solicitar el perito a la Asociación, y en ese caso sería la Asociación quien designaría al perito entre sus asociados.
El perito puede realizar el peritaje totalmente por su cuenta o con apoyo de la Asociación (asesoría técnica, jurídica, visado…) Aun realizándolo por su cuenta, puede solicitar que la Asociación visado del peritaje, que para sus miembros es gratuito, y de manera externa tiene un coste de 500€.
En cualquier caso, la Asociación velará por la imagen de la profesión frente a las entidades que soliciten de este servicio.
¿Se pueden realizar peritajes estando titulado pero sin estar Asociado?
Si, si el perito es llamado directamente por las partes y se presenta su informe como prueba o si el peritaje es privado (sin intenciones judiciales) en cuyo caso la entidad puede llamar directamente a cualquier persona.
En los peritajes judiciales donde el perito se designe por los Juzgados a partir de la lista aportada por la Asociación, y también en los peritajes gestionados directamente por la Asociación, es requisito estar Asociado…
¿Puedo negarme a realizar un peritaje?
Quede claro en primer lugar que un perito debe aceptar (o rechazar) explícitamente un peritaje si desea (o no desea) realizarlo; no sirve dar la callada por respuesta.
Existen varias causas por las cuales un perito debe renunciar al peritaje judicial, según la Ley. En concreto, si con alguna de las partes guarda relación de parentesco hasta cierto grado, amistad íntima, enemistad manifiesta, si es un empleado suyo, y similares.
También debe renunciar si tiene algún interés particular en el caso que se juzga. Por supuesto, si el peritaje no corresponde al perfil de un Ingeniero en Informática, y se le asigna por error, debe rechazarlo e informar de ello al solicitante y a la Asociación..
En concreto el Art. 343 dice:
Artículo 343. Tachas de los peritos. Tiempo y forma de las tachas.
1. Sólo podrán ser objeto de recusación los peritos designados judicialmente. En cambio, los peritos no recusables podrán ser objeto de tacha cuando concurra en ellos alguna de las siguientes circunstancias: 1. Ser cónyuge o pariente por consanguinidad o afinidad, dentro del cuarto grado civil de una de las partes o de sus abogados o procuradores.
2. Tener interés directo o indirecto en el asunto o en otro semejante.
3. Estar o haber estado en situación de dependencia o de comunidad o contraposición de intereses con alguna de las partes o con sus abogados o procuradores.
4. Amistad íntima o enemistad con cualquiera de las partes o sus procuradores o abogados.
5. Cualquier otra circunstancia, debidamente acreditada, que les haga desmerecer en el concepto profesional.
Puede renunciar también si su nivel de conocimientos o experiencia no le facultan para dictaminar sobre la materia en cuestión.
Pero por lo demás, no debería rechazar un peritaje judicial, ya que esto causa considerables trastornos al proceso judicial correspondiente. El estar en la lista de peritos debe considerarse como un compromiso muy serio, y el perito debe estar disponible. El negarse a realizar peritajes puede ser motivo de sanción por parte de la Asociación, pues la Asociación debe velar por la buena imagen de todos sus Asociados.
¿Qué trabajos requiere de mi parte el realizar un peritaje?
En primer lugar, lógicamente, lo que conlleve la redacción del informe propiamente dicho. Esto puede requerir que el perito consulte a otras fuentes, estudie, visite instalaciones (y por tanto se desplace), etc.
Puesto que en muchos casos los peritajes conllevan desplazamientos para visitar las instalaciones, recoger documentación, etc. es conveniente que el perito tenga una disponibilidad horaria razonable para hacer estas visitas. Por ejemplo, horarios de trabajo habitual que impidan realizar desplazamientos en días de semana hacen prácticamente imposible realizar este tipo de peritajes.
Aparte de esto, el proceso también puede requerir del perito la presencia en los tribunales cuando se le cite (suele ser normalmente por las mañanas, pero también pueden requerirte alguna tarde), si se le piden aclaraciones adicionales o algún tipo de testimonio.
También puede ser necesario realizar algunos trámites de tipo burocrático, por ejemplo los relacionados con el cobro de honorarios.
En general, además de disponer de tiempo para realizar el peritaje en sí, se necesita también una determinada disponibilidad horaria para el acto de aceptación del peritaje, las pertinentes visitas, y las posibles comparecencias. En un peritaje-tipo suele ser una hora para la aceptación del peritaje, una mañana para cada comparecencia, y una o dos tardes para las visitas.
En cualquier caso al perito se le cita judicialmente para cualquier auto, lo que conlleva una obligación de asistencia que tiene preferencia sobre otras actividades, pero quien se responsabilice de ser perito debería negociar con su empresa esta posibilidad de ser llamado como perito para evitar problemas en su empresa emanados de estas obligaciones.
¿Cómo se hace exactamente el peritaje informático? ¿Cómo son los documentos?
Un peritaje es simplemente un documento formal, pero describir el proceso y el formato en detalle queda fuera del alcance de esta lista de preguntas. Se abordará el tema en el curso sobre peritajes; también se puede consultar bibliografía al respecto o utilizar la asesoría que proporciona la Asociación.
Aun sabiendo realizar un peritaje informático, no estoy seguro de poder tomar decisiones sobre un juicio.
El perito informático, no juzga ni dicta sentencia, esas tareas corresponden al juez. La única misión del perito informático, es ayudar al juez a interpretar ciertos hechos o pruebas que requerirían conocimientos especializados sobre informatica forense o pericial, para dicha interpretación. El perito, en su dictamen, debe responder ciertas preguntas bastante concretas, de forma razonada y comprensible. No decide culpabilidades ni inocencias, sólo ayuda a interpretar hechos o pruebas según su criterio como profesional.
Pero temo que haya opiniones diferentes a la mía.
De lo que se trata es que sobre cuestiones relacionadas con una profesión opine un profesional de esa materia, no de otra disciplina que en general no tendrá los conocimientos adecuados. Es decir, que ya que el juez o la parte correspondiente no tienen el nivel de conocimientos y experiencia en una materia específica, se lo proporcione otra persona (el perito informático). Al perito se le pide que sea honesto, lo más objetivo que pueda y que razone sus conclusiones, no que convenza a todos y cada uno de los profesionales del mundo. De hecho, los dictámenes suelen acabar con una coletilla del tipo “…salvo mejor opinión”, y además, si el juez lo estima oportuno puede solicitar la opinión de otro perito.
En el Articulo 335.2 se dice: Al emitir el dictamen, todo perito deberá manifestar, bajo juramento o promesa de decir verdad, que ha actuado y, en su caso, actuará con la mayor objetividad posible, tomando en consideración tanto lo que pueda favorecer como lo que sea susceptible de causar perjuicio a cualquiera de las partes, y que conoce las sanciones penales en las que podría incurrir si incumpliere su deber como perito.
Aun así, no soy la persona que más sabe de este tema.
No hace falta ser el número uno del mundo para hacer un peritaje, ni ser un experto de primera fila en el tema. Sólo hace falta saber lo suficiente como para tener un criterio claro sobre lo que se pregunta y poder contestar con un grado razonable de autoridad. Además, las preguntas en cuestión no suelen forzar el “estado del arte”.
Si se estima oportuno, se puede consultar con otros asociados o solicitar un “Perito Tutor” experto en la materia que requiera el peritaje o la geolocalizacion.
Aún así, necesito ayuda.
Si el tema del peritaje queda totalmente fuera del perfil del perito y sus conocimientos, puede (y debe) rechazarlo. Si no es el caso, pero necesita ayuda con algún aspecto concreto, esa ayuda es un recurso más; incluso puede considerarla un gasto más del proceso e incluirla en la factura.
¿Alguien de la Asociación ha hecho ya peritajes?
Sí, existen muchos precedentes y por tanto hay una experiencia colectiva importante. La Asociación colabora con sus asociados en todo lo posible, aportando su experiencia y dedicación.
¿Cuánto se cobra por realizar un peritaje?
En cuanto al cobro de honorarios de un Perito Judicial Informático, no hay un baremo oficial (Ley de la competencia) y cada entidad ofrece unos cálculos aproximados que sirven a sus asociados a calcular unos honorarios en función de las características de la pericial solicita, (Visitas, horas en los juzgados o instalaciones del cliente o donde se realice la pericial, investigación, licencias, material fungible para la pericia…defensa de la pericial que como actúas como perito, entras al final de la mañana, aunque estés convocado a las 10:15horas de la mañana, elaboración de la pericia)en los juzgados; cuentan con estas listas y los precios suelen ser más bajos que cuando trabajamos de parte.
Estos apuntes has de tenerlos en cuenta a la hora de pormenorizar tu trabajo y reflejarlo en el presupuesto que has de llevar al cliente, junto con el contrato de confidencialidad, donde ha de constar el alcance de la pericia, y la provisión de fondos, que has de calcularla como mínimo del 50% del coste de la pericial.
A modo de ejemplo, la verificación de un correo electrónico, la calcularía en base a:
- 1 hora de notario para asegurar la cadena de custodia.
- 2 horas de trabajo en la investigación y análisis de la cabecera de cuatro correos, identificación de las IP (quien envía y quien recibe) análisis de metadatos de los correos
- 1 licencia del programa FOCA para analizar los metadatos
- 3 horas en el juzgado para la ratificación de la pericial
Como ves son 7 horas de trabajo, a una media de 80€/hora nos sale 560€.
El presupuesto ha de estar debidamente detallado. Por parte del juzgado si indicas unos honorarios y la parte los rechaza, esta no tiene opción de solicitar un nuevo Perito Judicial Informático, ha perdido su oportunidad, pero esto no justifica que te aproveches de solicitar unos honorarios desmesurados, pues se pueden impugnar y al final te sacan los colores y tu reputación como profesional queda marcada, con lo que aconsejo unos presupuestos detallados, justos y profesionales.
El perito debe emitir una factura en la que figuren los diferentes conceptos por los que cobra: horas, medios materiales, licencias, desplazamientos, dietas, y cualquier otro gasto imputable. Los precios quedan a discreción del perito; en la literatura correspondiente se ofrecen cifras orientativas (algunas asociaciones suelen tener tablas orientativas, por ejemplo), pero el coste del trabajo del perito es decisión de él mismo.
La Asociación elaborará una guía orientativa para el cobro de honorarios que puede ser utilizada por el perito para elaborar su minuta.
¿Puedo cobrar por adelantado?
Art. 342.3.- El perito designado podrá solicitar, en los tres días siguientes a su nombramiento, la provisión de fondos que considere necesaria, que será a cuenta de la liquidación final. El tribunal, mediante providencia, decidirá sobre la provisión solicitada y ordenará a la parte o partes que hubiesen propuesto la prueba pericial y no tuviesen derecho a la asistencia jurídica gratuita, que procedan a abonar la cantidad fijada en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones del tribunal, en el plazo de cinco días.
La Asociación, recomienda, no trabajar sin haber cobrado una provisión de fondos, de al menos el 50%, ya que somos objetivos en nuestro trabajo, pero en ocasiones el resultado no es el esperado por el cliente.
Legalización única o Apostilla de la Haya. Ver Información